La igualdad se aprende

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Artículo publicado en el LEVANTE – EMV el día 20/09/2016.

Dr. Gertrude Mongella, Secretary-General of the Fourth World Conference on Women, answering reporters’ questions following a press conference on 14 September 1995 in Beijing, China. Credit: UN/DPI 140410/Chen Kai Xing
http://www.un.org/womenwatch/daw/beijing/photo.htm

Las políticas públicas que incluyen discursos de equidad entre los sexos tuvieron su germen fundamentalmente en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, donde se trató la situación de la mujer en el mundo no sólo desde la condición de género y de edad, sino también desde las condiciones de pobreza y precariedad que afectaban a niñas y adolescentes. Un año después en 1996 la Organización Mundial de la Salud reconocía la violencia sobre la mujer como un problema de salud pública que debía de erradicarse con programas educativos y de salud preventivos. Más tarde, en septiembre de 2000, en la Cumbre del Milenio, se formularon ocho objetivos para combatir la pobreza, el analfabetismo y la desigualdad. En el segundo y el tercer objetivo se señalaba la necesidad de promover la equidad de género y la autonomía de la mujer y se presentaba como meta eliminar las desigualdades de género en la educación primaria y secundaria, preferiblemente para el año 2005 y en todos los niveles de la educación antes de final de 2015. En ambos casos, en el de la escolarización primaria universal y en el de la equidad de género, la política educativa había de incluir necesariamente un proyecto social amplio que, desde la acción del Estado, contemplase la consecución de una sociedad más justa .

En este sentido comprender la transformación fundamental que supuso centrar la atención de la mujer en el concepto de género, admitiendo que los derechos de las mujeres son derechos humanos y que la igualdad entre los sexos es una cuestión de interés universal y de beneficio para toda la sociedad, fue un salto cualitativo en el Derecho y en España se vio reflejado a nivel legislativo con la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Estas leyes son sí mismas el reflejo de una voluntad política que persigue la lacra de la violencia de género como un problema de Estado y que aboga por la igualdad real entre mujeres y hombres. No cabe duda que un marco normativo legal es importante al igual que lo es una voluntad política que combata el patriarcado y el sexismo, pero las leyes por sí mismas no son suficientes ya que las auténticas revoluciones sociales son siempre educativas.

A tal efecto las leyes citadas contemplan en su redacción medidas educativas con las que sensibilizar y concienciar a la ciudadanía y en el caso concreto de la LO 3/2007, en su Artículo 23, se establecen como fines del sistema educativo el respeto de los derechos y libertades fundamentales y la igualdad entre mujeres y hombres. De este modo las Administraciones Educativas debían garantizar el derecho a la educación en condiciones de igualdad, evitando estereotipos sexistas en la práctica docente e impulsando planes de formación inicial y permanente entre el profesorado que estuvieran ligados a un modelo de escuela coeducativa.

Casi diez años después de su aprobación, a pesar de la mención expresa que la Ley hace a la coeducación, la igualdad sigue precisando de mucha pedagogía y esto es así porque desde entonces ha funcionado más como principio programático que como un objetivo didáctico en las diversas materias escolares. En líneas generales la igualdad sigue siendo más un valor abstracto que un objetivo curricular que se lleva a cabo en el aula como ejercicio profesional de la práctica docente. Detectada esta situación, la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte publicó el reglamento orgánico y funcional del recién estrenado curso escolar, con instrucciones coeducativas muy explícitas en materia de ordenación académica y de organización de la actividad docente en los centros de Educación Secundaria y de Bachillerato. Ya en los elementos preliminares de la Resolución de 1 de julio de 2016 a la que me refiero, se lee que la organización-didáctica del curso ha de contemplar en todo momento los principios coeducativos de manera transversal, tales como los referidos a la eliminación de los prejuicios, estereotipos y roles de sexo, la prevención de la violencia contra las mujeres mediante modelos de convivencia basados en el respeto a la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres, la utilización de libros de texto y lenguaje no sexista y la capacitación del alumnado para que realicen la elección de las opciones académicas sin condicionamientos de género.

Tras estas orientaciones, conviene resaltar por novedosa la creación de una nueva figura, la de la persona coordinadora de igualdad y convivencia, a la que se le otorga entre otras la función de coordinar las actuaciones de igualdad referidas en la Resolución de las Cortes, núm. 98/IX, del 9 de diciembre de 2015. Con todo los logros de esta nueva figura dependerán de una acción coordinada entre todos los departamentos didácticos. Quiero decir que no se trata solo de fechar charlas de concienciación, dadas por personas expertas en igualdad externas al centro escolar, sino que se impulsa una metodología coeducativa asumida como cultura de centro que haga partícipe a todo el profesorado para que aplique el objetivo didáctico de la igualdad en el nivel de concreción curricular de la programación de aula. Por este motivo en el punto referido a los órganos de coordinación docente, se indica que la persona coordinadora de igualdad, a diferencia de las otras coordinaciones de centro, forma parte parte de la Comisión de Coordinación Pedagógica, junto al equipo directivo y a las Jefaturas de Departamento.

Queda claro que en educación la igualdad ha de ser algo más que un principio programático al que es fácil adherirse por ser políticamente correcto. Hay que tener muy claro que la igualdad también se aprende, como gusta recordarnos Elena Simón en sus libros. Ahora bien para aprenderla es necesario plantearla como objetivo didáctico en las programaciones de las diversas materias escolares y aplicarla dentro de un currículo sistemático y preceptivo. Por este motivo juega un papel muy importante la alfabetización en género por parte de quienes se dedican o van a dedicarse a la labor docente. De ahí que sean relevantes los planes de formación en centro coordinados por el CEFIRE, una vez detectadas las necesidades de formación del claustro. Al igual que lo es la formación en género de futuros profesionales de la educación a través del máster universitario de formación de profesorado de secundaria o de otros especializados en políticas de igualdad. En resumidas cuentas, bienvenida sea por necesaria la nueva coordinación en igualdad y convivencia que todos los centros de Secundaria y Bachillerato han de incluir en el desarrollo del presente curso escolar. Pero no olvidemos que el desafío está en asumir la igualdad no sólo como principio en el Proyecto Educativo de Centro sino también como objetivo didáctico en el Proyecto Curricular de Centro y en los diversos niveles de concreción curricular de aula, donde deben diseñarse las correspondientes actividades didácticas para la consecución de tal objetivo. De no ser así poco o nada habrá cambiado y la igualdad lamentablemente seguirá sin enseñarse y sin aprenderse.

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