La importancia de un concepto

Artículo publicado en el LEVANTE – EMV el  27 de junio de 2023

Artista: Bia Santos
Título: Entre cuatro paredes

Negar la violencia de género va contra el ordenamiento jurídico y pone en riesgo los derechos de las mujeres a una vida digna sin violencia sexista. El maltrato a las mujeres existe desde siempre pero el término violencia de género es un concepto nuevo que indica que la violencia contra las mujeres no es una cuestión privada sino un problema que afecta a la sociedad entera y exige políticas de Estado para erradicarla. La violencia machista la experimentan millones de mujeres en todo el mundo y adquiere diversas modalidades que van desde mutilaciones genitales a explotación sexual, matrimonios forzados, servidumbre por deudas, privación arbitraria de libertad, feminicidios, abortos selectivos y violaciones como arma de guerra. Se trata de una violencia cultural y específica que se ejerce contra las mujeres por su condición de ser mujer. Es una realidad incontestable que viene reconocida en la normativa internacional y europea, por mucho que se empeñen en negar ciertos políticos reaccionarios.

Este concepto se forjó en la última década del siglo pasado y a ello contribuyó la ONU cuando en 1993, la ‘Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer’, reflejó que la violencia física, psíquica y sexual que se ejerce contra la mujer por el solo hecho de ser mujer, es consecuencia de las desiguales relaciones de poder entre hombres y mujeres en el seno de una cultura patriarcal. Dos años después, en 1995, la ‘Cuarta Conferencia Internacional de la Mujer’, celebrada en Beijing, difundió el concepto anglosajón gender violence. Y finalmente, en 1996, la Organización Mundial de la Salud, al comprobar estadísticamente que habían aumentado las lesiones intencionales sobre niñas y mujeres, declaró la violencia contra las mujeres como una epidemia y un problema de salud pública.

Fue determinante comprender que la violencia de género se produce por la desigualdad estructural con la que históricamente se han construido las relaciones entre mujeres y hombres. Por este motivo, no cabe negar la violencia de género ni sustituirla por violencia intrafamiliar. No son lo mismo, ni se dan en el mismo entorno, ni sus víctimas son las mismas, ni tienen la misma regulación jurídica. En la violencia que se produce en el mismo núcleo familiar, la víctima puede ser de ambos sexos y la perpetra el cónyuge, ex cónyuge o persona con un vínculo de parentesco o de convivencia. Este tipo de violencia puede darse, por ejemplo, entre hermanos o entre padres e hijos y viene regulada por el Código Penal, artículo 173.2.

Por su parte, la violencia de género es un concepto jurídico nuevo que viene regulado en España por la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. En este caso, la víctima es la mujer que sufre violencia física, sexual o psicológica de parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes están o hayan estado ligados a ella por relaciones similares de afectividad, aún sin convivencia e independientemente de su estado civil. También tienen la condición de víctima de violencia de género sus hijos o hijas menores que están sujetos a su tutela o guarda y custodia y sufren esta violencia. Además, dado que la causa de la violencia de género es la desigualdad entre los sexos, hizo falta promulgar la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres e impulsar políticas públicas con las que la igualdad fuera real y no solo formal.

Desde entonces los logros de ambas leyes se analizan y revisan conjuntamente. Hay que saber que fue un salto cualitativo decisivo centrar la atención en el concepto de género y defender que la igualdad es una cuestión de interés universal. Hay que recordarlo y clarificarlo para no reducir a un asunto privado lo que es una cuestión de Estado y de salud pública. Hay que tenerlo muy presente en estos momentos en los que se escuchan discursos negacionistas en las sedes de las instituciones políticas y, sobre todo, no olvidar que los derechos humanos de las mujeres son un capital social y político que beneficia a la sociedad entera.

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